Lo esencial

  • Tu cuota depende de tu rendimiento neto mensual: hay 15 tramos y cada uno tiene una base mínima y una máxima.
  • La cuota es el 31,50 % de la base que elijas. En el tramo más bajo, la cuota mínima es de 205,88 € al mes.
  • Para saber tu tramo se resta un 7 % de gastos genéricos y se divide entre 12. No se resta la propia cuota de autónomos.
  • Puedes cambiar de base hasta seis veces al año, y al año siguiente la Seguridad Social regulariza con tus rendimientos reales.

Tabla de tramos 2026

Orden PJC/297/2026, artículo 18
TramoRendimiento neto mensualBase mínimaBase máximaCuota mínima
Reducida 1≤ 670,00 €653,59 €718,94 €205,88 €
Reducida 2670,00 € – 900,00 €718,95 €900,00 €226,47 €
Reducida 3900,00 € – 1.166,70 €849,67 €1.166,70 €267,65 €
General 11.166,70 € – 1.300,00 €950,98 €1.300,00 €299,56 €
General 21.300,00 € – 1.500,00 €960,78 €1.500,00 €302,65 €
General 31.500,00 € – 1.700,00 €960,78 €1.700,00 €302,65 €
General 41.700,00 € – 1.850,00 €1.143,79 €1.850,00 €360,29 €
General 51.850,00 € – 2.030,00 €1.209,15 €2.030,00 €380,88 €
General 62.030,00 € – 2.330,00 €1.274,51 €2.330,00 €401,47 €
General 72.330,00 € – 2.760,00 €1.356,21 €2.760,00 €427,21 €
General 82.760,00 € – 3.190,00 €1.437,91 €3.190,00 €452,94 €
General 93.190,00 € – 3.620,00 €1.519,61 €3.620,00 €478,68 €
General 103.620,00 € – 4.050,00 €1.601,31 €4.050,00 €504,41 €
General 114.050,00 € – 6.000,00 €1.732,03 €5.101,20 €545,59 €
General 12> 6.000,00 €1.928,10 €5.101,20 €607,35 €

La cuota es el 31,50 % de la base que elijas dentro de tu tramo. 2026 es un año de prórroga presupuestaria: las bases se fijaron con el Real Decreto-ley 3/2026 y la Orden PJC/297/2026.

Qué incluye ese porcentaje

El 31,50 % no es un solo concepto: suma cinco cotizaciones. Para que lo veas con números, así se reparte sobre una base de 1.000,00 €:

Reparto de la cuota sobre una base de 1.000,00 €
ConceptoTipoImporte
Contingencias comunes (jubilación, incapacidad temporal…)28,30 %283,00 €
Contingencias profesionales1,30 %13,00 €
Cese de actividad (la «prestación por paro» del autónomo)0,90 %9,00 €
Formación profesional0,10 %1,00 €
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)0,90 %9,00 €
Total31,50 %315,00 €

Cómo calcular tus rendimientos netos

  1. Suma los ingresos previstos de tu actividad en el año (sin IVA).
  2. Resta los gastos deducibles, sin restar la cuota de autónomos.
  3. Resta un 7 % por gastos genéricos (3 % si eres autónomo societario).
  4. Divide entre 12: ese es tu rendimiento mensual y determina tu tramo.

Un ejemplo con números

Una autónoma prevé 30.000,00 € de ingresos y 6.000,00 € de gastos. La diferencia es 24.000,00 €; con el 7 % de gastos genéricos queda 22.320,00 € al año, es decir, 1.860,00 € al mes.

Esa cifra cae en el tramo general 5, con bases entre 1.209,15 € y 2.030,00 €. Si cotiza por la base mínima, paga 380,88 € al mes (4.570,56 € al año); si elige la máxima del tramo, 639,45 € al mes.

Si eres autónomo societario, también cuentan las retribuciones y, en su caso, los rendimientos de la sociedad que te correspondan.

¿Base mínima o una más alta?

Dentro de tu tramo puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima. La mínima es la opción que más baja tu cuota. Una base más alta supone pagar más hoy, pero también aumenta la cuantía de las prestaciones que se calculan a partir de lo cotizado (incapacidad temporal, cese de actividad o jubilación).

No hay una respuesta única. Mucha gente cotiza por la base mínima mientras arranca y la sube cuando su negocio se estabiliza. Si tienes dudas sobre tu situación concreta, pregunta a tu gestor.

Cambiar de tramo y regularización

Puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año, desde el portal Importass de la Seguridad Social, con efectos el primer día del mes siguiente al cambio según el calendario oficial.

Al año siguiente, cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales, la Seguridad Social regulariza: si cotizaste por una base inferior a la de tu tramo real, te reclama la diferencia; si cotizaste por encima, te devuelve el exceso.

Por eso conviene revisar tu previsión a mitad de año: si vas a ganar bastante más de lo que calculaste, ajustar la base antes evita una sorpresa en la regularización.

Errores frecuentes

  • Restar la cuota de autónomos al calcular el rendimiento para elegir tramo. La cuota no se resta en este cálculo.
  • Olvidar el 7 % de gastos genéricos. Si no lo aplicas, puedes acabar en un tramo superior al que te corresponde.
  • Confundir facturación con rendimiento. El tramo se decide con ingresos menos gastos, no con lo que facturas.
  • No revisar la base durante el año. Tus ingresos cambian y la base también puede cambiar.

La cuota de autónomos es un gasto deducible en tu IRPF. Te contamos qué más puedes deducir en la guía de gastos deducibles.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mis rendimientos son negativos?

Te corresponde el tramo 1 de la tabla reducida. Aun así, debes cotizar como mínimo por su base mínima.

¿Cuál es la cuota mínima de autónomos?

Con la base mínima del primer tramo, la cuota es de 205,88 € al mes, salvo que tengas una cuota reducida u otra bonificación.

¿Cuántas veces puedo cambiar de base de cotización?

Hasta seis veces al año. Los cambios surten efecto el día 1 del mes siguiente según el calendario de la Seguridad Social.

¿Pagan igual los autónomos societarios?

Se usa la misma tabla de tramos, pero el rendimiento computable incluye las retribuciones de la sociedad y la deducción de gastos genéricos es del 3 % en lugar del 7 %.

¿Qué ocurre si cotizo por una base menor que la de mis ingresos reales?

La Seguridad Social lo detecta al regularizar el año siguiente con los datos de Hacienda y te reclama la diferencia de cuotas.

¿Existe una cuota reducida para nuevos autónomos?

Sí, la llamada tarifa plana. Consulta los requisitos y el importe vigente en nuestra guía de la tarifa plana y confírmalos en la Seguridad Social antes de darte de alta.

Esta guía tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Revisa siempre la normativa vigente o consulta con tu asesor. ¿Has visto un error? Avísanos.